La inteligencia artificial ya está cambiando la forma de trabajar en el Estado. Puede ayudar a redactar documentos, resumir información, analizar datos, organizar tareas y mejorar la atención a la ciudadanía. Sin embargo, su utilización también requiere responsabilidad, seguridad y conocimiento de las normas vigentes.
Si trabajas en una municipalidad, un gobierno regional, una UGEL, un ministerio, una dirección regional o cualquier otra entidad pública, esta guía te ayudará a comprender los aspectos esenciales del Reglamento de la Ley N.º 31814 y cómo llevarlos a la práctica en tu institución.
📌 El objetivo no es solamente utilizar inteligencia artificial, sino hacerlo de manera segura, responsable y orientada a mejorar los servicios públicos.
1. ¿Qué es la Ley N.º 31814 y por qué es importante su Reglamento?
La Ley N.º 31814 promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país.
Su Reglamento fue aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM, publicado el 9 de septiembre de 2025. Establece disposiciones para fomentar el desarrollo y uso de la inteligencia artificial, promoviendo que estas tecnologías se utilicen de forma segura, ética, responsable e inclusiva.
📖 Puedes consultar el texto oficial aquí:
🔗 Leer el Reglamento de la Ley N.º 31814 en el diario oficial El Peruano
🔗 Consultar el Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM en la plataforma del Estado
¿A quiénes alcanza?
El marco normativo contempla el desarrollo y uso de inteligencia artificial por parte de las entidades públicas, organizaciones privadas, la sociedad civil, la ciudadanía y la academia, según las disposiciones que correspondan a cada actor.
Por eso, las instituciones públicas deben prestar especial atención a las obligaciones que les corresponden como organizaciones y a la forma en que incorporan estas tecnologías en sus procesos.
2. ¿Qué significa esto para un servidor público?
Significa que la inteligencia artificial no debe incorporarse al trabajo institucional de manera improvisada.
Aunque una herramienta pueda parecer sencilla de utilizar, su aplicación en una entidad pública debe considerar las funciones institucionales, la información que se procesa, los riesgos que pueden surgir y las responsabilidades de quienes intervienen.
Veamos algunos ejemplos:
📝 Elaboración de documentos
Una herramienta de IA puede ayudarte a preparar un primer borrador de un informe, una comunicación interna o una presentación. Sin embargo, debes verificar los datos, las referencias normativas, la pertinencia del contenido y su adecuación a los procedimientos institucionales.
📊 Organización de información
La IA puede ayudar a clasificar información, resumir documentos extensos o identificar patrones en datos autorizados para ese propósito. Los resultados deben revisarse antes de utilizarlos para tomar decisiones.
📚 Capacitación y aprendizaje
Puede servir para preparar materiales de capacitación, diseñar ejercicios, explicar conceptos técnicos y elaborar preguntas para evaluar conocimientos.
🏛️ Atención a la ciudadanía
Puede apoyar la elaboración de respuestas frecuentes y la organización de consultas. No obstante, la información proporcionada debe ser correcta, actualizada y coherente con las competencias de la entidad.
⚠️ Importante: que una herramienta permita realizar una tarea no significa que sea apropiada para cualquier tipo de información o decisión. Su utilización debe evaluarse según el contexto y las reglas aplicables.
3. ¿Cuáles son las principales responsabilidades de las entidades públicas?
El Reglamento establece obligaciones institucionales específicas. Entre los aspectos que deben considerarse destacan los siguientes:
✅ A. Contar con una política institucional para el uso de la IA
El artículo 28 contempla la aprobación de una política institucional sobre el uso seguro, responsable y ético de los sistemas basados en inteligencia artificial.
En términos prácticos, la institución debe establecer criterios claros sobre cómo se utilizarán estas herramientas, qué principios deben respetarse y cómo se protegerán los derechos de las personas.
Ejemplo: una municipalidad puede establecer reglas para el uso de IA en la elaboración de documentos, la gestión de información y el apoyo a sus servicios, definiendo responsabilidades y medidas de supervisión.
✅ B. Evaluar los riesgos antes de implementar soluciones de IA
No todas las aplicaciones tienen el mismo nivel de riesgo.
No es lo mismo utilizar una herramienta para generar ideas para una campaña informativa que emplear un sistema para apoyar decisiones que pueden afectar derechos, beneficios o servicios de los ciudadanos.
La evaluación debe considerar, según el caso, aspectos como:
🔹 La seguridad de la información.
🔹 La privacidad y la protección de datos personales.
🔹 La posibilidad de errores o resultados inexactos.
🔹 Los efectos sobre las personas y sus derechos.
🔹 La necesidad de revisión y supervisión humana.
Ejemplo: antes de incorporar un sistema que ayude a evaluar solicitudes de ciudadanos, la entidad debe analizar sus posibles consecuencias, los criterios utilizados, los mecanismos de revisión y las responsabilidades involucradas.
✅ C. Conformar equipos de trabajo multidisciplinarios cuando corresponda
El Reglamento contempla la conformación de equipos técnicos multidisciplinarios, de acuerdo con la necesidad y complejidad del problema que se busca atender.
La implementación de IA no debería quedar únicamente en manos del área de informática.
También pueden intervenir, según el proyecto, las áreas usuarias, asesoría jurídica, gestión documental, recursos humanos, seguridad de la información y otros responsables institucionales.
Ejemplo: para implementar una solución de IA en una UGEL, podrían participar especialistas de gestión pedagógica, administración, tecnologías de la información y asesoría jurídica, de acuerdo con el alcance del proyecto.
✅ D. Aplicar estándares técnicos para la gestión y la seguridad
El Reglamento incluye disposiciones relacionadas con estándares técnicos. Entre ellas, contempla el uso de la NTP-ISO/IEC 42001:2025 para el desarrollo de sistemas basados en IA por parte de las entidades públicas.
Asimismo, establece el uso obligatorio de las versiones vigentes de la NTP-ISO/IEC 27002 y la NTP-ISO 31000 para diseñar e implementar controles de seguridad de la información, ciberseguridad, protección de la privacidad y gestión de riesgos.
Estas disposiciones deben analizarse según su alcance específico. No significa que cada servidor público tenga que convertirse en especialista en estas normas, sino que la entidad debe organizar su cumplimiento y recurrir a las capacidades técnicas necesarias.
4. ¿Qué buenas prácticas debería aplicar un servidor público al utilizar IA?
Además de las obligaciones institucionales, existen medidas prácticas que ayudan a reducir errores y utilizar estas herramientas de forma responsable.
🔐 1. Protege la información institucional
No ingreses indiscriminadamente en herramientas públicas de IA datos personales, expedientes, contraseñas, información reservada, documentos internos sensibles o información protegida.
Antes de utilizar una herramienta, verifica si está autorizada para el tipo de información que deseas procesar y qué condiciones de privacidad y seguridad ofrece.
🔎 2. Verifica las respuestas
La inteligencia artificial puede presentar información incorrecta, inventar referencias o utilizar datos desactualizados.
Antes de incorporar una respuesta en un informe, oficio, memorando o documento oficial, comprueba los datos y consulta las fuentes correspondientes.
👤 3. Mantén la supervisión humana
La IA puede apoyar tu trabajo, pero no elimina la necesidad de revisar sus resultados ni sustituye las competencias, atribuciones y responsabilidades que corresponden a los funcionarios y servidores públicos.
No aceptes automáticamente una recomendación solo porque la herramienta la presenta con seguridad.
⚖️ 4. Respeta las normas y los procedimientos institucionales
El uso de IA debe ser compatible con las disposiciones aplicables a la entidad, la protección de datos personales, la transparencia, la seguridad de la información y los procedimientos administrativos que correspondan.
🧠 5. Desarrolla tus competencias digitales
Aprender a formular instrucciones, evaluar resultados, identificar errores y reconocer riesgos es parte de una adopción responsable de la inteligencia artificial.
No basta con saber abrir una herramienta: es necesario comprender cuándo utilizarla, para qué sirve y cuáles son sus limitaciones.
5. ¿Qué puede hacer una municipalidad, una UGEL o un gobierno regional para comenzar?
Una institución no necesita empezar con un proyecto costoso o complejo. Puede avanzar de manera gradual, identificando problemas reales y priorizando soluciones viables.
🗺️ Una ruta práctica de implementación
PASO 1. Identificar necesidades
Analizar qué actividades consumen demasiado tiempo, qué procesos presentan dificultades y qué servicios podrían mejorar con apoyo tecnológico.
Ejemplo: una oficina recibe consultas repetitivas y tarda demasiado en organizar las respuestas.
PASO 2. Priorizar los casos de uso
Seleccionar tareas en las que la IA pueda aportar valor, considerando la viabilidad, los riesgos, los recursos disponibles y los beneficios esperados.
PASO 3. Revisar las condiciones de seguridad y cumplimiento
Determinar qué información se utilizará, qué herramientas pueden emplearse, qué riesgos deben controlarse y qué disposiciones resultan aplicables.
PASO 4. Preparar al personal
Capacitar a los trabajadores para que utilicen las herramientas de forma adecuada, verifiquen los resultados y conozcan los límites de su uso.
PASO 5. Realizar una prueba controlada
Comenzar con un caso concreto, objetivos definidos y mecanismos de revisión. No es recomendable automatizar procesos críticos sin una evaluación previa.
PASO 6. Medir los resultados y mejorar
Evaluar si la solución ahorra tiempo, reduce errores, mejora la calidad del trabajo o contribuye a brindar mejores servicios a la ciudadanía.
📌 Esta ruta es una propuesta práctica de implementación, no una lista literal de etapas obligatorias establecidas por el Reglamento.
6. Ejemplo práctico: uso de IA en una UGEL
Imaginemos que una Unidad de Gestión Educativa Local recibe numerosos documentos y consultas de las instituciones educativas.
El personal dedica muchas horas a organizar información, preparar borradores y elaborar materiales informativos.
¿Cómo podría ayudar la inteligencia artificial?
| Necesidad identificada | Posible aplicación de IA | Control necesario |
|---|---|---|
| Elaborar comunicaciones | Preparar borradores de oficios y memorandos | Revisar contenido, destinatarios y referencias |
| Organizar documentos | Resumir o clasificar documentos autorizados | Verificar exactitud y proteger información |
| Atender consultas frecuentes | Preparar respuestas informativas iniciales | Validar las respuestas con fuentes oficiales |
| Capacitar al personal | Elaborar ejercicios y materiales de aprendizaje | Revisar la calidad y pertinencia del contenido |
| Analizar información de gestión | Apoyar la identificación de tendencias | Verificar datos, metodología e interpretación |
¿Qué debería evitar la UGEL?
❌ Introducir expedientes con datos personales de estudiantes o trabajadores en herramientas no autorizadas.
❌ Distribuir documentos generados por IA sin una revisión responsable.
❌ Utilizar resultados automatizados como fundamento único de decisiones administrativas o pedagógicas relevantes.
❌ Implementar soluciones sin analizar los riesgos y las responsabilidades institucionales.
La idea central es sencilla: primero se identifica el problema; después se evalúa si la inteligencia artificial es una solución adecuada.
7. ¿Qué ocurre si una institución ya utiliza herramientas de IA?
Si tu entidad ya emplea herramientas de inteligencia artificial, conviene realizar una revisión de su situación actual.
Puedes comenzar con estas preguntas:
☐ ¿Sabemos qué áreas y trabajadores utilizan herramientas de IA?
☐ ¿Se han identificado los usos y las finalidades de estas herramientas?
☐ ¿Contamos con reglas institucionales para su uso seguro, responsable y ético?
☐ ¿Se han evaluado los riesgos relacionados con la información y la privacidad?
☐ ¿El personal sabe cómo verificar los resultados y qué información no debe compartir?
☐ ¿Se han identificado las obligaciones normativas y técnicas que corresponden a la entidad?
☐ ¿Tenemos criterios para evaluar los beneficios, los riesgos y los resultados de las soluciones utilizadas?
Estas preguntas funcionan como una lista inicial de diagnóstico. No sustituyen una evaluación legal o técnica completa, pero pueden ayudar a identificar brechas y organizar las siguientes acciones.
8. Plazos del Reglamento de la Ley N.º 31814: ¿qué fechas deben tener presentes las entidades públicas?
El Reglamento de la Ley N.º 31814, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM, fue publicado en el diario oficial El Peruano el 9 de septiembre de 2025. Para entender sus plazos, es importante distinguir entre la entrada en vigor general de la norma y los periodos establecidos para implementar determinadas disposiciones en las entidades públicas.
📅 A. ¿Desde cuándo está vigente el Reglamento?
🔹 10 de septiembre de 2025: entraron en vigor la Primera, Segunda, Cuarta y Quinta Disposiciones Complementarias Finales, de acuerdo con la regla especial prevista en el Decreto Supremo.
🔹 20 de enero de 2026: fecha de entrada en vigor general calculada a partir de los 90 días hábiles siguientes a la publicación, considerando los días no laborables de alcance nacional que corresponden al periodo.
Importante: la entrada en vigor general no significa que todas las entidades tengan exactamente el mismo plazo para implementar cada obligación. Para determinadas disposiciones, el Reglamento establece periodos diferenciados según el tipo de entidad pública.
🏛️ B. Plazos graduales para determinadas obligaciones de las entidades públicas
La Primera Disposición Complementaria Final establece plazos para la implementación de las disposiciones del artículo 25 y del Capítulo I del Título VI del Reglamento.
Estos son los plazos y fechas de referencia:
🔴 Hasta el 10 de septiembre de 2026 — plazo de un año
Comprende a:
-
Poder Ejecutivo.
-
Poder Legislativo.
-
Poder Judicial.
-
Organismos constitucionales autónomos.
Estas entidades deben considerar el plazo máximo de un año contado desde el día siguiente de la publicación del Decreto Supremo para implementar las disposiciones comprendidas en la Primera Disposición Complementaria Final.
🟠 Hasta el 10 de septiembre de 2027 — plazo de dos años
Comprende a:
-
Seguro Social de Salud (EsSalud).
-
Gobiernos regionales.
-
Universidades públicas.
-
Empresas públicas de los gobiernos regionales y locales, así como las comprendidas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE).
-
Las demás entidades comprendidas en los numerales 7 y 8 del artículo I del Título Preliminar del TUO de la Ley N.º 27444, conforme a lo previsto en el Reglamento.
🟡 Hasta el 10 de septiembre de 2028 — plazo de tres años
Comprende a los gobiernos locales clasificados en los tipos A, B y C, para la implementación de las disposiciones señaladas en la Primera Disposición Complementaria Final.
🟢 Gobiernos locales de los tipos D, E, F y G
Para estos gobiernos locales, la implementación de las disposiciones del artículo 25 y del Capítulo I del Título VI es facultativa, de acuerdo con sus recursos y capacidades, conforme a la misma disposición complementaria.
🧭 C. ¿Qué deberían hacer las instituciones desde ahora?
Aunque el plazo aplicable dependa del tipo de entidad y de la obligación concreta, es recomendable comenzar por estas acciones:
✅ 1. Identificar las obligaciones aplicables. Revisar el Reglamento y determinar qué disposiciones corresponden a las funciones y características de la entidad.
✅ 2. Evaluar la situación actual. Identificar qué herramientas de inteligencia artificial se utilizan, qué procesos podrían incorporarlas y qué riesgos deben gestionarse.
✅ 3. Definir responsables y acciones. Coordinar con las áreas de administración, asesoría jurídica, tecnologías de la información y las unidades usuarias, según corresponda.
✅ 4. Preparar al personal. Promover capacitación sobre el uso responsable de la IA, la verificación de resultados, la seguridad de la información y la protección de datos personales.
✅ 5. Establecer un plan de implementación. Definir actividades, responsables, recursos, metas y mecanismos de seguimiento, teniendo en cuenta las obligaciones y los plazos que correspondan.
⚠️ Una precisión importante
Los plazos de uno, dos y tres años indicados aquí corresponden específicamente a las disposiciones mencionadas en la Primera Disposición Complementaria Final. No deben interpretarse como una prórroga general para cumplir todas las obligaciones del Reglamento.
Asimismo, antes de adoptar decisiones administrativas, aprobar un plan institucional o determinar un posible incumplimiento, es recomendable verificar el texto oficial completo y comprobar si existen modificaciones normativas posteriores aplicables al caso.
📖 Consulta la norma oficial:
🔗 Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM — Diario oficial El Peruano
🔗 Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM — Plataforma del Estado peruano
La recomendación para los servidores públicos es clara: no esperar a la fecha límite. Identificar las obligaciones, preparar al personal y organizar la implementación con anticipación permitirá avanzar hacia un uso responsable y seguro de la inteligencia artificial en el Estado.
9. La transformación digital del Estado necesita personas preparadas
La inteligencia artificial abre oportunidades para mejorar la productividad, fortalecer la gestión de la información y optimizar determinados procesos públicos. Pero sus beneficios no dependen solamente de la tecnología.
También requieren liderazgo institucional, capacitación, gestión del cambio, protección de la información y una evaluación responsable de los resultados.
Cada entidad debe avanzar de acuerdo con sus competencias, necesidades, recursos y obligaciones aplicables. Y cada servidor público puede contribuir aprendiendo a utilizar estas herramientas con criterio, verificando sus resultados y comprendiendo sus limitaciones.
La transformación digital no consiste en utilizar IA por moda, sino en resolver problemas concretos y mejorar los servicios que recibe la ciudadanía.
Fuentes oficiales para profundizar
🔹 Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM: Reglamento de la Ley N.º 31814, publicado en el diario oficial El Peruano.
🔗 https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2436426-1
🔹 Presidencia del Consejo de Ministros: publicación oficial del Decreto Supremo.
🔗 https://www.gob.pe/institucion/pcm/normas-legales/7133522-115-2025-
🔹 Marco normativo de la inteligencia artificial en el Perú: compendio oficial de la PCM.
🔗 https://www.gob.pe/institucion/pcm/colecciones/74533-marco-normativo-de-la-ia-en-peru
¿Tu institución está preparada para incorporar la inteligencia artificial de manera responsable?
Si trabajas en una municipalidad, un gobierno regional, una UGEL u otra entidad pública, el primer paso es comprender la normativa, identificar las necesidades de tu organización y preparar al personal para aprovechar estas tecnologías de forma segura y efectiva.
Desde la consultoría en innovación digital, la capacitación y el acompañamiento institucional, es posible convertir la inteligencia artificial en una oportunidad concreta de mejora de la gestión pública.
Conocer las reglas es el primer paso. Preparar a las personas y mejorar los procesos es lo que permite convertirlas en resultados.
Iván Bejarano Olivares
Magíster y consultor en Innovación Digital |







