La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA) establece una hoja de ruta para que las entidades públicas peruanas incorporen esta tecnología de manera planificada, segura y responsable. El desafío ya no consiste únicamente en experimentar con herramientas de IA, sino en identificar oportunidades, organizar la gestión institucional y convertirlas en mejoras concretas para los ciudadanos.

La inteligencia artificial (IA) está cambiando la forma en que las organizaciones procesan información, automatizan tareas, analizan datos y prestan servicios. El Estado peruano también necesita prepararse para aprovechar estas capacidades, pero hacerlo requiere algo más que contratar una plataforma o capacitar al personal en el uso de ChatGPT.

Se necesita identificar problemas reales, fortalecer las capacidades de los servidores públicos, establecer responsabilidades, proteger la información y definir cómo se medirá el impacto de las soluciones implementadas.

En ese contexto, el Perú cuenta con un instrumento específico: la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA) 2026–2030, aprobada mediante la Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM y publicada en el diario oficial El Peruano el 1 de mayo de 2026.

La estrategia busca articular las intervenciones del Estado para fortalecer el gobierno y la gestión de la IA, promover su uso inclusivo, seguro y ético, desarrollar capacidades humanas y contribuir a mejorar la eficiencia y eficacia de las organizaciones públicas, entre otros ámbitos.

Fuentes oficiales: Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM y publicación en El Peruano.

1. ¿Qué cambia con la ENIA 2026–2030?

La principal relevancia de la ENIA es que sitúa la inteligencia artificial dentro de la agenda de gestión y transformación digital del Estado. Esto implica que las entidades deben abordar su adopción desde una perspectiva institucional, y no solamente como una iniciativa aislada de un área de informática o de un grupo de trabajadores interesados en la tecnología.

La Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM contiene disposiciones aplicables a las entidades públicas dentro de su ámbito. Entre otros aspectos, establece que las iniciativas de IA deben articularse con los instrumentos de planificación institucional; contempla la designación de un Oficial de Inteligencia Artificial (OIA); regula los planes de acción de IA; y dispone la publicación de información sobre los modelos utilizados y determinados conjuntos de datos en el Catálogo IA Perú, conforme al marco normativo aplicable.

Esto es importante porque una entidad puede utilizar herramientas de IA de manera ocasional sin haber desarrollado una estrategia institucional. La ENIA impulsa un enfoque más organizado, en el que las oportunidades tecnológicas se relacionen con objetivos, responsables, recursos y resultados esperados.

La estrategia no significa que todas las instituciones deban adquirir inmediatamente los mismos sistemas ni automatizar todos sus procedimientos. La implementación debe considerar sus competencias, necesidades, recursos tecnológicos, capacidades humanas y disponibilidad presupuestal.

2. Primer paso: identificar problemas antes de elegir herramientas

Una de las primeras decisiones que debería tomar una entidad pública es identificar qué problemas concretos podría resolver o reducir mediante inteligencia artificial.

En lugar de comenzar preguntando qué herramienta comprar, conviene analizar dónde existen demoras, tareas repetitivas, dificultades para procesar información, problemas de atención al ciudadano o limitaciones para aprovechar los datos disponibles.

Por ejemplo, una entidad podría evaluar oportunidades como las siguientes:

  • Reducir el tiempo empleado en preparar borradores de informes y comunicaciones administrativas.
  • Facilitar la búsqueda y consulta de documentos institucionales.
  • Organizar solicitudes ciudadanas y orientar a los usuarios hacia los canales correspondientes.
  • Analizar datos para identificar tendencias, necesidades y problemas recurrentes.
  • Apoyar el seguimiento de actividades, metas e indicadores de gestión.
  • Mejorar el acceso a información pública mediante herramientas de consulta en lenguaje claro.

Estas posibilidades no deben entenderse como proyectos que necesariamente deban ejecutarse en todas las instituciones. Son ejemplos que cada entidad tendría que evaluar según su realidad y sus obligaciones.

El diagnóstico debería considerar, como mínimo, el proceso que se desea mejorar, el problema que se busca resolver, la información disponible, los riesgos, las capacidades del personal y los resultados que permitirían determinar si la solución realmente funciona.

La pregunta inicial no debería ser «¿cómo usamos IA?», sino «¿qué problema institucional necesitamos resolver y en qué medida la IA puede contribuir a hacerlo?».

3. Segundo paso: organizar la gobernanza de la inteligencia artificial

La adopción institucional de IA requiere responsabilidades definidas. No basta con que cada oficina utilice herramientas por su cuenta, sin criterios compartidos sobre seguridad, datos, evaluación y supervisión.

La Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM contempla la figura del Oficial de Inteligencia Artificial (OIA). De acuerdo con su artículo 6, este rol recae en un miembro del Comité de Gobierno y Transformación Digital y coordina el gobierno y la gestión de la IA, así como el seguimiento del Plan de Acción de Inteligencia Artificial.

La norma establece que las entidades públicas designen al OIA mediante un acto de su máxima autoridad administrativa antes de formular dicho plan.

En la práctica, la entidad debe articular este trabajo con las áreas y responsables que correspondan, entre ellos los vinculados con tecnologías de la información, seguridad y confianza digital, gobierno de datos y protección de datos personales, además de las unidades responsables de los procesos institucionales.

Esto permite abordar la IA como un asunto de gestión que involucra a toda la organización, sin reducirla a una responsabilidad exclusivamente tecnológica.

La gobernanza también exige definir qué usos están autorizados, qué información puede procesarse, qué controles deben aplicarse, quién revisa los resultados y cómo se atienden los incidentes o errores.

4. Tercer paso: preparar el Plan de Acción de Inteligencia Artificial

Uno de los aspectos más concretos de la Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM es el Plan de Acción de Inteligencia Artificial de la entidad.

El artículo 5 establece que este plan debe contener, como mínimo:

Diagnóstico institucional. Una descripción de la situación de la entidad respecto de la IA, considerando aspectos organizacionales, normativos, técnicos y presupuestales.

Objetivos y resultados esperados. Qué se busca conseguir con la IA y qué indicadores permitirán evaluar la eficiencia y eficacia de las iniciativas.

Iniciativas priorizadas. Los proyectos, acciones o intervenciones que se ejecutarán, con cronogramas, responsables, unidades involucradas, financiamiento y recursos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.

Articulación estratégica. La relación del plan con los objetivos de la ENIA, los instrumentos de planificación institucional y las normas aplicables en seguridad digital, protección de datos y uso responsable de las tecnologías.

La resolución establece que el plan tenga un horizonte temporal no menor de tres años. También dispone que sea validado por el Comité de Gobierno y Transformación Digital y aprobado por la máxima autoridad administrativa.

Además, señala que las entidades aprueban su Plan de Acción de Inteligencia Artificial considerando sus recursos tecnológicos, presupuestarios y humanos, y siempre que hayan aprobado o implementado su Plan de Acción de Gobierno de Datos. El plan de IA forma parte del portafolio de proyectos del Plan de Gobierno Digital.

Esto significa que la implementación requiere planificación y articulación institucional. No se trata simplemente de elaborar una lista de aplicaciones que la entidad quisiera utilizar.

5. Cuarto paso: alinear la IA con los planes y las prioridades institucionales

Para que la inteligencia artificial genere resultados sostenibles, las iniciativas deben relacionarse con los objetivos de la entidad y con sus instrumentos de planificación.

La resolución establece que las iniciativas, proyectos y acciones priorizadas deben articularse con el Plan Estratégico Institucional (PEI), el Plan Operativo Institucional (POI), el Programa Multianual de Inversiones cuando corresponda y el Plan de Gobierno Digital.

Esta articulación es importante porque permite vincular las soluciones tecnológicas con las prioridades, actividades, recursos y mecanismos de seguimiento institucional.

Por ejemplo, si una entidad identifica que necesita mejorar la atención de consultas de los ciudadanos, no debería limitarse a instalar un asistente virtual. Antes debe definir qué consultas atenderá, de qué fuentes oficiales obtendrá información, cómo se actualizarán los contenidos, qué casos pasarán a un trabajador y cómo se medirá la calidad del servicio.

De igual manera, si una institución desea aplicar IA al análisis de información, deberá revisar la calidad, disponibilidad y legitimidad de uso de sus datos, así como la pertinencia de la solución y sus riesgos.

La tecnología debe estar al servicio de los objetivos públicos, no convertirse en un proyecto independiente de las necesidades institucionales.

6. Quinto paso: fortalecer las capacidades de los servidores públicos

La transformación digital no depende únicamente de las herramientas disponibles. También requiere que las personas sepan utilizarlas, evaluar sus resultados y reconocer sus limitaciones.

La ENIA incorpora el desarrollo del talento y las capacidades en inteligencia artificial como uno de sus ejes estratégicos. Para las instituciones públicas, esto plantea la necesidad de desarrollar competencias que vayan más allá de aprender a escribir instrucciones para una herramienta generativa.

La capacitación debería considerar, de acuerdo con las funciones de cada equipo:

  • Uso práctico de herramientas de IA para mejorar tareas administrativas y profesionales.
  • Formulación de instrucciones y evaluación crítica de las respuestas.
  • Verificación de datos, fuentes, normas y resultados.
  • Protección de datos personales y manejo seguro de información institucional.
  • Identificación de riesgos, sesgos, errores y limitaciones.
  • Aplicación de criterios éticos y conservación de la supervisión humana.

No todos los trabajadores necesitan convertirse en especialistas técnicos. Sin embargo, sí necesitan conocimientos adecuados a sus responsabilidades y a los riesgos de las herramientas que utilizan.

También es necesario distinguir entre capacitar y transformar un proceso. Un curso puede mejorar las competencias individuales, pero la institución debe revisar sus procedimientos, establecer pautas de uso y acompañar la aplicación de lo aprendido.

7. Sexto paso: gestionar los datos y la transparencia

La inteligencia artificial depende, en gran medida, de la calidad y disponibilidad de la información. Si los datos están incompletos, desactualizados, duplicados o mal organizados, las soluciones pueden generar resultados poco fiables.

Por eso, la gestión de datos debe formar parte de la preparación institucional. Esto implica conocer qué información existe, quién es responsable de ella, cómo se actualiza, quién puede acceder y qué restricciones se aplican a su tratamiento.

La resolución de la ENIA también dispone que las entidades públicas publiquen en el Catálogo IA Perú información sobre los modelos de inteligencia artificial que utilizan, así como conjuntos de datos y sus metadatos empleados para diseñar soluciones basadas en IA, de conformidad con las normas aplicables.

Esta disposición debe atenderse con cuidado: publicar información en el catálogo no equivale a divulgar indiscriminadamente datos personales, reservados o protegidos. La obligación se cumple dentro del marco normativo correspondiente, incluida la legislación sobre protección de datos personales.

Las instituciones deben revisar las disposiciones aplicables y los lineamientos correspondientes para determinar la información que deben registrar y publicar.

Enlace oficial: Catálogo IA Perú.

8. Séptimo paso: medir resultados y administrar los riesgos

Una iniciativa de IA no debería evaluarse únicamente por haber sido implementada o por la cantidad de trabajadores que la utilizan.

La entidad necesita comprobar si la solución contribuye a mejorar el servicio, reducir tiempos, disminuir errores o facilitar el trabajo, sin generar riesgos desproporcionados.

Algunos indicadores posibles son:

  • Tiempo promedio para completar una tarea antes y después de la implementación.
  • Número de errores detectados durante la revisión.
  • Porcentaje de resultados que requieren correcciones sustanciales.
  • Tiempo de respuesta a las consultas ciudadanas.
  • Nivel de satisfacción de los usuarios.
  • Incidentes relacionados con seguridad, privacidad o uso inadecuado de la herramienta.

Los indicadores deben seleccionarse según el propósito del proyecto. No todos son pertinentes para todas las soluciones y una mejora en velocidad no debe considerarse suficiente si disminuye la precisión o se afecta un derecho.

La Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM establece mecanismos de seguimiento del Plan de Acción de IA: el OIA reporta trimestralmente al Comité de Gobierno y Transformación Digital y registra los avances en la Plataforma de Cumplimiento Digital durante el último trimestre de cada año.

Por ello, la evaluación debe integrarse desde el diseño de las iniciativas, con responsables y evidencias que permitan conocer los avances y corregir los problemas.

9. ¿Qué deberían hacer primero los gobiernos regionales y las municipalidades?

La implementación de la ENIA también es relevante para las entidades subnacionales, que pueden enfrentar realidades muy distintas en términos de presupuesto, infraestructura, conectividad, personal y madurez digital.

En gobiernos regionales y municipalidades, un enfoque práctico podría comenzar por revisar los procesos que afectan directamente a los ciudadanos y a la gestión del territorio: orientación sobre trámites, gestión documental, seguimiento de solicitudes, análisis de información para la planificación y difusión de servicios públicos.

No obstante, la prioridad debe surgir de un diagnóstico institucional, no de una lista genérica de tecnologías.

Una municipalidad con limitaciones de conectividad o de organización de sus datos puede necesitar primero fortalecer su gestión documental y sus capacidades digitales. Otra entidad, con procesos y datos más consolidados, podría estar preparada para evaluar proyectos de IA más avanzados.

La estrategia contempla también la coordinación sectorial y territorial. A nivel regional, la resolución asigna funciones de promoción y articulación al liderazgo de Gobierno y Transformación Digital y al OIA del gobierno regional, en relación con las iniciativas previstas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y su articulación con los planes de las municipalidades, respetando la autonomía de los gobiernos locales.

Esto abre una oportunidad para impulsar cooperación, intercambio de experiencias y asistencia técnica, evitando que cada institución tenga que resolver por separado los mismos desafíos.

10. La normativa que las instituciones deben revisar

Para implementar la IA con criterios adecuados, las entidades deberían consultar, como mínimo, las siguientes fuentes oficiales:

1. Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2026–2030. Aprobada por la Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM. Contiene las disposiciones sobre planificación, gobernanza, planes de acción, seguimiento y publicación de información.

Consultar la resolución y sus anexos en la PCM.

2. Reglamento de la Ley N.° 31814. Aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 115-2025-PCM, desarrolla el marco para promover el desarrollo, la implementación y el uso de la inteligencia artificial en el país.

Consultar el decreto en El Peruano.

3. Ley N.° 31814. Establece el marco legal que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del Perú. Su aplicación debe entenderse junto con su reglamento y las demás normas pertinentes.

4. Documentos técnicos de IA para el Gobierno Digital. La PCM ha publicado informes y materiales sobre estándares, guías, calidad de datos, desempeño y evaluación de riesgos.

Consultar los documentos en la PCM.

La revisión normativa debe complementarse con las disposiciones vigentes sobre gobierno digital, protección de datos personales, seguridad y confianza digital, gestión documental y procedimientos administrativos, además de las normas sectoriales que correspondan.

Esta nota ofrece una orientación general de gestión y no sustituye la revisión jurídica que cada entidad necesita realizar para determinar sus obligaciones específicas.

Conclusión: pasar de la experimentación a una gestión institucional de la IA

La ENIA 2026–2030 plantea un desafío de gestión pública: convertir las posibilidades de la inteligencia artificial en mejoras concretas, con objetivos definidos, responsabilidades, capacidades, datos adecuados y mecanismos de seguimiento.

Para las instituciones públicas, el punto de partida es revisar su situación actual, identificar oportunidades, organizar la gobernanza y articular sus iniciativas con la planificación institucional. La capacitación y la elección de herramientas deben formar parte de ese proceso, no reemplazarlo.

La transformación no consiste en utilizar IA por el simple hecho de hacerlo. Consiste en mejorar la capacidad del Estado para trabajar, decidir y prestar servicios, respetando los derechos de las personas y las responsabilidades institucionales.

La pregunta para cada entidad es: ¿qué problema público podemos empezar a resolver mejor mediante inteligencia artificial, y qué debemos organizar para hacerlo de forma segura, medible y sostenible?


Iván Bejarano Olivares
Magíster y consultor en Innovación Digital |